Como un proceso democrático para trabajar conjuntamente, calificó la seremi de Gobierno, Pía Bersezio la promulgación por parte del Presidente Sebastián Piñera de la Ley que convoca a un plebiscito para una nueva Constitución el 26 de abril del 2020.
“Lo que vamos a vivir el próximo año, sin duda será de gran trascendencia para nuestro país, una oportunidad de lograr en conjunto y con total libertad, un Gran Acuerdo Constitucional, con amplia y efectiva participación ciudadana, donde mujeres y hombres podrán decidir no solamente la primera palabra respecto a la naturaleza y mecanismo de este Acuerdo Constitucional a través de un plebiscito de entrada, sino que también tendremos, si así lo decidimos, la última palabra respecto de los principios y contenidos de una Nueva Constitución, a través de un
plebiscito ratificatorio”, aseguró la vocera de Gobierno de La Araucanía, Pía Bersezio
La autoridad agregó que “este plebiscito debe servir para dejar de lado la violencia y las divisiones que han surgido estos últimos meses. Es importante recuperar el respecto y diálogo para lograr bueno acuerdos, con un trabajo en conjunto podremos construir un Chile Mejor”.
Los hitos de este proceso son los siguientes:
• 26 de abril de 2020: Realización del Plebiscito de entrada. La ciudadanía se pronunciará, vía voto voluntario, sobre si Aprueba o Rechaza una nueva constitución y respecto del mecanismo.
• 25 de octubre de 2020: Si se aprobó realizar una nueva Constitución, se da paso a la elección de los delegados o Convencionales Constituyentes, el mismo día de la elección municipal y de gobernadores regionales.
• En su sesión de instalación, la Convención Constitucional o Mixta, deberá elegir a un Presidente y un Vicepresidente.
• 9 meses después de instalada la Convención (o 12 meses, si se solicitó prórroga, por tres meses, por única vez), ésta debe entregar un texto redactado y aprobado de la Nueva Constitución, por dos tercios de sus miembros en ejercicio.
• Cumplida esta tarea la Convención se disolverá, y sus integrantes quedarán inhabilitados para ejercer cargos públicos durante el año siguiente a la cesación en el cargo.
• 3 días después de la entrega del texto final propuesto por la Convención, el Presidente de la República deberá convocar a un Plebiscito Ratificatorio para la Nueva Constitución.
• 60 días después de la publicación en el Diario Oficial del Decreto Supremo de convocatoria a plebiscito, o el domingo siguiente, si aquel día no es domingo se llevará a cabo el Plebiscito, vía voto obligatorio, para todos los que tengan domicilio electoral en Chile (con multa de 0,5 a 3 UTM en caso de no participar).
• Si gana el rechazo a la nueva Constitución, el proceso llega hasta ahí.
• Si gana la aprobación, el Presidente debe convocar al Congreso Pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la Nueva Constitución.
• 10 días después de la promulgación de la Nueva Constitución, por parte del Congreso Pleno, el texto de la Nueva Constitución será publicado en el Diario Oficial y entrará en vigencia ese mismo día.
• Ese mismo día quedará derogada la Constitución de 1980.