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Seremi de Salud fiscaliza cumplimiento de condiciones sanitarias y de seguridad en piscinas de uso público en La Araucanía

Con el objetivo de garantizar la seguridad y salud de los bañistas durante la época estival, el Seremi de Salud Araucanía, Andrés Cuyul, y el equipo del Departamento de Acción Sanitaria verificaron el cumplimiento del Reglamento Sanitario de Piscinas de Uso Público en la Piscina Municipal de Temuco, en compañía del Alcalde de la comuna, Roberto Neira.

La visita inspectiva se realizó en el marco del proceso de fiscalización a piscinas de uso público y de uso público residencial que desde noviembre pasado está desarrollando la Autoridad Sanitaria Regional, a través de su Departamento de Acción Sanitaria, en las comunas de La Araucanía para velar por el cumplimiento de la normativa vigente. Dichas fiscalizaciones se extenderán hasta marzo próximo.

En la oportunidad, el Seremi de Salud Araucanía, Andrés Cuyul, detalló que desde noviembre a la fecha se ha realizado un total de 24 fiscalizaciones en las comunas de Temuco, Padre Las Casas, Vilcún, Cunco, Curacautín, Chol Chol, Melipeuco, Nueva Imperial y Perquenco, que han derivado en el inicio de 4 sumarios sanitarios por incumplimiento del Decreto 209 del Ministerio de Salud, que regula el funcionamiento de estos recintos.

“Tenemos un plan de fiscalización de piscinas, que iniciamos en noviembre pasado.  Vamos a seguir durante todo el verano verificando las condiciones sanitarias y de seguridad, sobre todo para nuestros niños, niñas y adolescentes, que en la Fase de Apertura de la pandemia se están encontrando en espacios recreacionales como este”.

En tanto, el Alcalde de Temuco, Roberto Neira, dijo que “para nosotros es fundamental que tengamos este tipo de fiscalizaciones para que todo esté en norma. Además, cumplimos la normativa de la cantidad de cloro que debe tener el agua, y eso nos deja muy tranquilos y conformes. Estamos cumpliendo todo lo que se exige para funcionar normalmente”.

En este contexto, el Seremi Andrés Cuyul hizo un llamado a la comunidad a concurrir a lugares que ya cuentan con autorización y seguir las recomendaciones de cuidado establecidas en los mismos recintos, para evitar de esta forma accidentes o daños a la salud.

NORMATIVA

El Decreto Supremo 209 del Ministerio de Salud establece una serie de condiciones que deben cumplir las piscinas de uso público para su funcionamiento, como contar con agua libre de materias flotantes o espuma, buen estado de franja circulación de bañistas, escaleras y cierre perimetral reglamentario, superficie adecuada del área de esparcimiento, casilleros y guardarropías, aseo y desinfección, sala de atención médica, entre otros

Las fiscalizaciones buscan garantizar el cumplimiento de las condiciones de seguridad y sanitarias básicas para el público como para los trabajadores.

INCUMPLIMIENTO

En caso de incumplimiento a la normativa, la Autoridad Sanitaria iniciará el sumario sanitario respectivo. En el caso de falencias graves que pongan en riesgo la seguridad del público o trabajadores, se prohibirá el funcionamiento de la piscina o se determinará su clausura.

Las sanciones, en tanto, están establecidas en el Código Sanitario, y consideran desde la amonestación a multas pecuniarias, que van desde las 0,1 a las 1.000 UTM.